Uno de los mayores obstáculos para poder ser dueño de una vivienda es la cantidad de fondos con los que el solicitante debe contar para el pago inicial y los costos de cierre. Para ayudar a los solicitantes a superar este obstáculo, SONYMA ofrece asistencia para los costos de cierre en conjunción con cualquier programa de SONYMA actualmente disponible.
La asistencia no requiere pagos mensuales y se perdona después de 10 años;
La asistencia mínima es de $1,000;
La asistencia máxima es la cantidad mayor de las dos siguientes:
$5,000; o
5% de la cantidad del préstamo hipotecario de SONYMA.
En ningún caso, no obstante, la cantidad del Préstamo de Asistencia para los Costos de Cierre excederá de los costos de cierre reales incurridos en la transacción del préstamo hipotecario;
Solamente se podrá usar conjuntamente con un préstamo hipotecario obtenido conforme a cualquiera de los programas de SONYMA ofrecidos actualmente;
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Los costos de cierre que califican para ser financiados a través del Préstamo de Asistencia para los Costos de Cierre incluyen todos los gastos permisibles de SONYMA, tales como:
gastos pagados al cierre, tales como los honorarios de abogado, gastos de estudio de la propiedad y de seguro de títulos; costos e impuestos de registro;
fondos en garantía pagados por adelantado para el seguro y los impuestos de la propiedad;
el reembolso de las cuotas pagadas antes del cierre del préstamo (p. ej., cuotas de solicitud, crédito, certificado del seguro contra inundaciones y tasació).
Todos los costos de cierre deben ser razonables y acostumbrados, y no pueden exceder de aquellos cargos y cuotas cobrados normalmente por una vivienda financiada convencionalmente en el área donde está situada la vivienda financiada.
Al margen del programa de SONYMA que usted solicite, los prestatarios deben realizar una contribución en efectivo mínima del 3% del valor de la propiedad (5% para viviendas con un financiamiento máximo del 90%);
El Préstamo de Asistencia para los Costos de Cierre podrá usarse para cualquier tipo de vivienda que califique de conformidad con el programa que financia SONYMA, incluidos apartamentos en cooperativa;
Se considerarán todos los regalos de un familiar directo que se apliquen para cubrir parte del pago inicial y/o costos de cierre cuando se calcule la cantidad del Préstamo de Asistencia para los Costos de Cierre. Los fondos regalados que excedan de la cantidad necesaria para cerrar su préstamo podrían reducir la cantidad de la asistencia de SONYMA;
Es posible que se requiera el pago o "recuperació", total o parcial, del Préstamo de Asistencia para los Costos de Cierre si el préstamo hipotecario de SONYMA se paga en su totalidad en menos de 10 años a partir de la compra de la vivienda. El pago del Préstamo de Asistencia para los Costos de Cierre se reducirá por cada mes que el solicitante resida en la vivienda y la hipoteca de SONYMA siga pendiente. Asimismo, se eliminaría o reduciría la cantidad debida si la vivienda financiada a través de SONYMA se vende y el producto de la venta no es suficiente para cubrir la cantidad del Préstamo de Asistencia para los Costos de Cierre y la inversión del solicitante en la vivienda (el pago inicial original cuando se comprón la vivienda más el pago del capital del préstamo hipotecario, los costos de cierre y posibles mejoras principales).
Nota: Algunas entidades prestamistas participantes de SONYMA no ofrecen Préstamos de Asistencia para los Costos de Cierre. Antes de solicitar financiamiento, consulte con su entidad prestamista.
Last updated: 11/14/2008 6:13:36 PM